Constancia notarial

Fe de hechos

La fe de hechos es el acto notarial en el cual el notario hace constar, bajo su fe pública, acontecimientos, situaciones, declaraciones o estados de cosas que percibe directamente. Tiene plena validez como prueba pre-constituida ante autoridades y tribunales.

Cuándo se necesita

Cuando necesita documentar oficialmente: una entrega de bienes, el estado físico de un inmueble, una declaración importante, daños por terceros, situaciones de hecho que más tarde podrían ser controvertidas, contenido de un sitio web en un momento dado, etc.

Documentos requeridos

Para iniciar el trámite necesitará reunir la siguiente documentación. No se preocupe — le asesoramos en cada paso y verificamos que todo esté completo antes de continuar.

  • Identificación oficial de quien solicita la fe de hechos
  • Descripción breve del hecho o situación a constatar
  • Acceso al lugar o medio donde ocurre el hecho (si aplica)

Pasos del trámite

  1. SolicitudUsted nos describe qué hecho desea constatar y cuándo/dónde.
  2. Acuerdo de honorariosCoordinamos la fecha y honorarios según complejidad y traslados.
  3. ConstataciónEl notario se traslada al lugar (o presencia el hecho en oficina) y constata todo lo que percibe directamente.
  4. Acta notarialSe redacta el acta. Si se incluyen fotos, se anexan al apéndice.
  5. EntregaLe entregamos el testimonio en 3 a 5 días hábiles.

Tiempos estimados

⏱ Constatación inmediata o en la fecha que pacten. Entrega del testimonio en 3 a 5 días hábiles.

Los tiempos pueden ajustarse según la disponibilidad de documentos del cliente y los plazos de las autoridades. Le mantenemos informado del avance en cada etapa.

Preguntas frecuentes

¿La fe de hechos sirve en juicio?
Sí. Es prueba documental con eficacia plena. Su valor probatorio es muy alto: el notario hace constar lo que él mismo presenció, no lo que le contaron.
¿Puede dar fe de cualquier cosa?
El notario constata hechos lícitos y verificables. No puede dar fe de actos prohibidos por la ley ni de juicios subjetivos: solo de lo que percibe con sus sentidos.
¿Se puede tomar fe de hechos en redes sociales?
Sí. Constatamos el contenido de un perfil, publicación, mensaje o sitio web en una fecha determinada. Útil ante difamación, incumplimientos contractuales digitales, etc.