Vida corporativa

Constitución de sociedades

Constituimos sociedades mercantiles y civiles bajo todas las figuras vigentes: Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (S de RL), Sociedad Civil (SC) y Asociación Civil (AC). Le asesoramos en la elección del vehículo adecuado y le acompañamos en la vida corporativa posterior.

Cuándo se necesita

Al iniciar un negocio formal, al separar activos personales de actividades empresariales, al constituir patrimonios familiares, asociaciones sin fines de lucro, o al estructurar inversiones conjuntas con socios.

Documentos requeridos

Para iniciar el trámite necesitará reunir la siguiente documentación. No se preocupe — le asesoramos en cada paso y verificamos que todo esté completo antes de continuar.

  • Identificación oficial de socios o asociados
  • CURP y RFC de los socios
  • Comprobante de domicilio de cada socio
  • Acta de nacimiento (cuando aplique)
  • 5 propuestas de nombre o denominación (las consultamos en Economía)
  • Monto del capital social inicial y porcentaje de cada socio
  • Objeto social: a qué se dedicará la empresa

Pasos del trámite

  1. Asesoría estructuralEvaluamos qué figura conviene (SA, S de RL, SC, AC) y armamos el esquema de socios, capital y administración.
  2. Permiso de denominaciónTramitamos ante la Secretaría de Economía la autorización del nombre de la sociedad.
  3. Redacción de estatutosRedactamos los estatutos a la medida: cláusulas de admisión, voto, dividendos, salida de socios, etc.
  4. Firma de constituciónLos socios comparecen y firman el acta constitutiva ante el notario.
  5. Inscripción y trámitesInscribimos en el Registro Público de Comercio, gestionamos RFC ante el SAT y obtenemos el e.firma.

Tiempos estimados

⏱ De 15 a 30 días hábiles desde la firma hasta tener la sociedad completamente operativa (inscrita y con RFC).

Los tiempos pueden ajustarse según la disponibilidad de documentos del cliente y los plazos de las autoridades. Le mantenemos informado del avance en cada etapa.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre SA y S de RL?
La SA emite acciones y permite transmitirlas libremente; suele usarse en empresas con muchos socios o que prevén capital externo. La S de RL emite partes sociales y limita la transmisión a aprobación de los socios; suele usarse en empresas familiares o pequeñas/medianas.
¿Cuál es el capital mínimo?
La ley no exige un capital mínimo para SA ni S de RL desde 2014. Sin embargo, recomendamos un capital congruente con la operación: bancos y proveedores miran este monto.
¿Necesito tener oficina antes de constituir?
No. Puede señalar como domicilio social cualquier dirección válida en Tamaulipas. Puede cambiarlo después mediante asamblea.