Cuándo se necesita
Cuando las partes desean dotar de mayor certeza a un documento privado — contratos de arrendamiento, compraventa de bienes muebles, convenios, pagarés, reconocimientos de deuda, cartas poder simples — sin necesidad de elevarlo a escritura pública. La ratificación deja constancia de la identidad de quien firma y de la fecha en que lo hizo.
Documentos requeridos
El trámite es sencillo. Le asesoramos en la revisión previa del documento para evitar observaciones.
- Documento original que contiene las firmas a ratificar
- Identificación oficial vigente de cada firmante (INE o pasaporte)
- CURP de cada firmante
- Comprobante de domicilio reciente (opcional, según el caso)
- Si firma en representación de una empresa: poder y acta constitutiva
Pasos del trámite
- Revisión previaRevisamos el documento privado para confirmar que cumple con los requisitos mínimos de claridad y legalidad.
- ComparecenciaLos firmantes acuden a la notaría — juntos o por separado — con su identificación oficial.
- ReconocimientoAnte el notario, cada firmante reconoce su firma como propia y ratifica el contenido del documento.
- ConstanciaAsentamos la razón notarial con sello y firma, dando fecha cierta al acto. Le entregamos el documento ratificado.
Tiempos estimados
Si el documento requiere ajustes previos o intervienen representantes de personas morales, el tiempo total puede extenderse a 2 o 3 días hábiles.