Cuándo se necesita
Cuando un juzgado ordena protocolizar una sentencia ejecutoriada, una adjudicación judicial, una sucesión radicada ante autoridad o cualquier resolución cuyos efectos requieran constancia en el protocolo notarial — habitualmente para inscribir la resolución ante el Registro Público de la Propiedad o el Registro Público de Comercio.
Documentos requeridos
Los requisitos varían según el tipo de resolución. Revisamos previamente el expediente para confirmar que está completo antes de proceder.
- Copia certificada de la resolución o sentencia, con razón de causa ejecutoria
- Auto del juez ordenando la protocolización
- Expediente o piezas judiciales que el juez indique incorporar
- Identificación oficial del promovente o representante autorizado
- Poder o nombramiento que acredite la personalidad del promovente
Pasos del trámite
- Revisión del expedienteAnalizamos la resolución judicial y el auto que ordena la protocolización, verificando que la documentación esté completa.
- Redacción del instrumentoRedactamos el acta notarial de protocolización, transcribiendo o agregando físicamente las piezas ordenadas por el juez.
- Firma e incorporaciónFirma el promovente. Las piezas judiciales quedan incorporadas al apéndice del protocolo bajo el mismo número de instrumento.
- Testimonio e inscripciónExpedimos el primer testimonio. Si procede, lo tramitamos para inscripción ante el Registro Público correspondiente.
Tiempos estimados
Cuando la resolución debe inscribirse en el Registro Público, agregue de 30 a 60 días hábiles adicionales para la inscripción y devolución del testimonio inscrito.